Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Aragón

Código deontológico (Capítulo V)

Capítulo V

Capítulo V

De las relaciones con otros profesionales sanitarios
Artículo 14.

Las relaciones con otros profesionales sanitarios deben basarse en el respeto mutuo y en la delimitación de las funciones propias de cada profesional.

Artículo 15.

Cuando un paciente acuda a un laboratorio para que se le diseñe, prepare, elabore, fabrique o repare una prótesis dental sin las preceptivas prescripciones e indicaciones de un dentista el Protésico Dental se abstendrá de realizar sus funciones.

En el caso de contar con la prescripción, el Protésico Dental solicitara al prescriptor cuantas indicaciones e informaciones estime necesarias para la correcta realización de la prótesis. En el caso de no obtener la información solicitada no se confeccionará el producto debiéndose poner estos hechos en conocimiento del Colegio Profesional de Protésicos Dentales.

Artículo 16.

El profesional protésico dental no utilizara ningún medio de comunicación, público o profesional para realizar declaraciones que sean falsas, fraudulentas, injustas o que induzcan al engaño, referidas a compañeros de profesión ya sea con alusiones personales o sobre sus técnicas de trabajo. Referido a sus colegas, se abstendrá de efectuar críticas, denuncias o difamaciones, sin prueba o testigos que confirmen lo expuesto. En éste caso se procederá de la manera más discreta y en los organismos profesionales que intervengan según ley, para poder sancionar si es el caso.

Artículo 17.

El profesional protésico dental no deberá intentar apropiarse, con métodos contrarios a {a ética profesional, de los clientes de sus colegas debiendo respetar, en todo caso, las vigentes normas reguladoras de la competencia.

Artículo 18.
Los problemas que afecten al colectivo de profesionales deberán discutirse en le seno de los organismos profesionales competentes y solo cuando se agote esta vía se podrá recurrir a otros medios.

Artículo 19.

No supone faltar de lealtad el que un Protésico Dental comunique a su Colegio, de forma objetiva y con la debida discreción, las infracciones de sus colegas contra las reglas de ética profesional.

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